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Nuevo Reglamento de Arbitraje reduce el tiempo de resolución de conflictos

PERÚ (AndeanWire, 09 de Diciembre de 2016) El Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) presentó su nuevo reglamento, que entrará en vigencia a partir de enero del próximo año. En esta nueva reglamentación se incluyen mecanismos como el Árbitro de Emergencia y el Arbitraje Acelerado, los cuales permiten reducir el tiempo promedio de resolución de conflictos.

Es importante mencionar que este Centro de Arbitraje está regulado como un medio privado de solución de controversias que constituye una alternativa al Poder Judicial. En lo que va del presente año el Centro de Arbitraje de la CCL ha resuelto 375 casos, en comparación con los 385 logrados en todo el 2015, señaló el presidente de la CCL, Mario Mongilardi.

De otro lado, explicó que el mecanismo de Árbitro de Emergencia es uno especialmente designado para dictar una medida cautelar antes de que se inicie el arbitraje como tal. “De esta manera, se garantizan los derechos de las partes desde que se inicia el arbitraje hasta que llega la constitución del tribunal arbitral”, preció Mongilardi.

Por su parte, el Arbitraje Acelerado se constituye para casos de menor cuantía que permitirá resolverlos en menos de 4 meses. Para ellos se ha creado un procedimiento rápido que consiste en no pasar por el procedimiento estándar sino simplemente tener plazos muy abreviados.

Otro de los cambios en el nuevo reglamento es la inserción de la figura de Confirmación de Árbitros, que busca garantizar la calidad de los árbitros intervinientes en el proceso a través de la evaluación de los mismos antes de ejercer dicha labor, explicó Mongilardi.

También se incorpora – agregó el presidente de la CCL- la figura de la determinación de plazos en el Calendario Procesal. Dicha forma consiste en que las partes intervinientes junto al árbitro se pueden poner de acuerdo en las fechas exactas en las que los procesos deben llevarse a cabo.

El nuevo reglamento ofrece además la posibilidad de “acumular” arbitrajes. El Centro contempla la potestad de unificar varias disputas siempre y cuando la naturaleza de cada una de ellas se encuentren estrechamente vinculadas entre sí.

Fuente: Cámara de Comercio de Lima

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